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ESTATUTOS DE LA ASOCIACI脫N

SERVIDORES DE LA LUZ

EN LA GRAN HERMANDAD BLANCA


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CAP脥TULO I

DENOMINACI脫N, FINES, DOMICILIO Y 脕MBITO


Art铆culo 1潞.- Denominaci贸n


Con la denominaci贸n de Asociaci贸n Servidores de la Luz en la Gran Hermandad Blanca, se constituye una ASOCIACION, al amparo de la Ley Org谩nica 1/2002, de 22 de marzo, y normas complementarias, con personalidad jur铆dica y plena capacidad de obrar, careciendo de 谩nimo de lucro.



Art铆culo 2潞.- Fines


La asociaci贸n tiene como fines los siguientes puntos:


- Potenciar el desarrollo de la autoconciencia de todos los Seres.


- Fomentar el equilibrio entre la Humanidad y el Cosmos.


- Promover el conocimiento del Universo en el que vivimos, desde la sabidur铆a de las ense帽anzas ancestrales, tanto de Maestros Occidentales como Orientales.


- Fomentar la uni贸n de toda la Humanidad, produciendo un cambio hacia una sociedad m谩s solidaria y responsable.


La Asociaci贸n no persigue ning煤n fin de orden pol铆tico o religioso. Es ideol贸gica y pol铆ticamente neutral.



Art铆culo 3潞.- Actividades


Para el cumplimiento de estos fines se realizar谩n las siguientes actividades:



- Publicaci贸n y difusi贸n de informaci贸n relacionada con los fines de la asociaci贸n a trav茅s del portal en internet http://hermandadblanca.org/.


- Colaboraci贸n en la coordinaci贸n de otros grupos y asociaciones con fines similares para ayudar en su crecimiento y difusi贸n.


- Organizaci贸n y coordinaci贸n de seminarios, convivencias, cursos, conferencias, etc., as铆 como viajes de grupo, tanto a nivel nacional como internacional.


- Financiaci贸n de proyectos solidarios y de buena voluntad por todo el mundo.




Y cualesquiera otras actividades que se consideren beneficiosas para la consecuci贸n de los fines que persigue la asociaci贸n.



Art铆culo 4潞.- Domicilio y 谩mbito


La asociaci贸n establece su domicilio social en Madrid Espa帽a, y es de 谩mbito internacional.




CAP脥TULO II

脫RGANOS DE LA ASOCIACI脫N

Art铆culo 5潞.- 脫rganos de la Asociaci贸n


Los 贸rganos de la asociaci贸n son la Asamblea General, el Presidente y la Junta General.



CAP脥TULO III

ASAMBLEA GENERAL

Art铆culo 6潞.- Naturaleza


La Asamblea General es el 贸rgano supremo de la Asociaci贸n y estar谩 compuesta por todos los socios.


Art铆culo 7潞.- Facultades de la Asamblea General Ordinaria


Son facultades de la Asamblea General Ordinaria:


a) Nombramiento de la Junta Directiva y sus cargos, administradores y representantes, as铆 como sus socios de honor.

b) Examinar y aprobar los presupuestos anuales y las cuentas.

c) Aprobar, en su caso, la gesti贸n de la Junta Directiva.

d) Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.

e) Acuerdo para constituir una Federaci贸n de Asociaciones o integrarse en alguna.

f) Expulsi贸n de socios a propuesta de la Junta Directiva.

g) Solicitud de declaraci贸n de utilidad p煤blica.

h) Disposici贸n y enajenaci贸n de bienes inmuebles.

i) Disoluci贸n de la Asociaci贸n

j) Aprobar el Reglamento de R茅gimen Interior.

k) Cualquiera otra que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea extraordinaria, o de la Junta Directiva.


Art铆culo 8潞.- Facultades de la Asamblea General Extraordinaria


Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria la modificaci贸n de los estatutos.


Art铆culo 9潞.- Reuniones


Las reuniones de la Asamblea General ser谩n ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrar谩 una vez al a帽o en el mes que la Junta Directiva considere adecuado; las extraordinarias se celebrar谩n una vez al a帽o cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente, cuando la Junta Directiva lo acuerde o lo proponga por escrito una tercera parte de los socios, con expresi贸n concreta de los asuntos a tratar.


Art铆culo 10潞.- Convocatorias


Las convocatorias de las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, se har谩n por escrito, expresando el lugar, d铆a y hora de la reuni贸n as铆 como el orden del d铆a. Entre la convocatoria y el d铆a se帽alado para la celebraci贸n de la Asamblea en primera convocatoria habr谩n de mediar al menos 15 d铆as, pudiendo as铆 mismo hacerse constar si procediera la fecha en que se reunir谩 la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a siete d铆as.


Art铆culo 11潞.- Qu贸rum de validez de constituci贸n y qu贸rum de adopci贸n de acuerdos


Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedar谩n v谩lidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ellas la mayor铆a de los socios con derecho a voto, y en segunda convocatoria, cualquiera que sea el n煤mero de socios concurrentes con derecho a voto.



Los acuerdos se tomar谩n por mayor铆a simple de votos de asistentes cuando se trate de Asamblea Ordinaria y por mayor铆a de 2/3 de los mismos cuando se trate de Asamblea extraordinaria, decidiendo en caso de empate el voto de calidad del presidente, o de quien haga las veces.


CAP脥TULO IV

JUNTA DIRECTIVA

Art铆culo 12潞.- Composici贸n


La Asociaci贸n estar谩 dirigida y administrada por una Junta Directiva formada por: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y Vocales. Todos los cargos que componen la Junta Directiva ser谩n gratuitos y ser谩n designados por la Asamblea General y su mandato tendr谩 una duraci贸n de SIETE a帽os.


Las vacantes que se pudieran producir durante el mandato de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva ser谩n cubiertas provisionalmente entre dichos miembros hasta la elecci贸n definitiva por la Asamblea General convocada al efecto.


Art铆culo 13潞.- Reuniones y qu贸rum de constituci贸n y adopci贸n de acuerdos


La Junta Directiva se reunir谩 previa convocatoria, debiendo mediar al menos tres d铆as entre 茅sta y su celebraci贸n, cuantas veces lo determine su Presidente y a petici贸n de un tercio de sus miembros. Para que sus acuerdos sean v谩lidos deber谩n ser adoptados por mayor铆a de votos del total de los miembros de la Junta Directiva, ya sean presentes o representados. En caso de empate, ser谩 de calidad el voto del Presidente o de quien haga sus veces.


Art铆culo 14潞.- Facultades de la Junta Directiva


Son facultades de la Junta Directiva:


a) Dirigir las actividades sociales y llevar la gesti贸n econ贸mica y administrativa de la Asociaci贸n, acordando realizar los oportunos contratos y actos, sin perjuicio de lo dispuesto en el art铆culo 7, apartado h.

b) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.

c) Elaborar y someter a la aprobaci贸n de la Asamblea General los presupuestos anuales y las Cuentas.

d) Elaborar, en su caso, el Reglamento de R茅gimen Interior.

e) Resolver sobre la admisi贸n de nuevos asociados.

f) Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociaci贸n.

g) Cualquiera otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General de Socios.


Art铆culo 15潞.- El Presidente


El Presidente tendr谩 las siguientes atribuciones:


a) Representar legalmente a la Asociaci贸n ante toda clase de organismos p煤blicos o privados.

b) Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta

Directiva.

c) Dirigir las deliberaciones de una y otra.

d) Ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia.

e) Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociaci贸n aconseje, resulte necesaria o conveniente para el desarrollo de sus actividades, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.


Al Presidente le sustituir谩, en caso de ausencia o enfermedad, el Vice-presidente, o el vocal de m谩s edad de la Junta Directiva, por este orden.


Art铆culo 16潞.- El Vicepresidente


El Vicepresidente sustituir谩 de manera temporal al Presidente en ausencia de 茅ste, motivada por enfermedad o cualquier otro motivo, y tendr谩 las mismas atribuciones que 茅l.


Adem谩s podr谩 actuar por delegaci贸n expresa del Presidente en aquellas funciones que 茅ste le asigne y sean de su competencia.


Art铆culo 17潞.- El Secretario


El Secretario tendr谩 a cargo la direcci贸n de los trabajos puramente administrativos de la Asociaci贸n, expedir谩 certificaciones, llevar谩 los libros de la asociaci贸n legalmente establecidos y el fichero de asociados, y custodiar谩 la documentaci贸n de la entidad, haciendo que se cursen las comunicaciones sobre designaci贸n de Juntas Directivas y dem谩s acuerdos sociales inscribibles a los Registros correspondientes, as铆 como el cumplimiento de las obligaciones documentales en los t茅rminos que legalmente correspondan.


Art铆culo 18潞.- El Tesorero


El Tesorero tendr谩 como funci贸n la custodia y el control de los recursos de la Asociaci贸n, as铆 como la elaboraci贸n del presupuesto, el balance y liquidaci贸n de cuentas, con el fin de someterlas a la Junta Directiva. Firmar谩 los recibos, cuotas y otros documentos de tesorer铆a. Pagar谩 las facturas aprobadas por la Junta Directiva, las cuales deber谩n ser visadas previamente por el Presidente.


Art铆culo 19潞.- Los Vocales


Los Vocales tendr谩n las obligaciones propias de su cargo como miembro de la Junta Directiva y as铆 como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta les encomiende.



CAP脥TULO V

LOS SOCIOS

Art铆culo 20潞.- Requisitos para asociarse


Podr谩n formar parte de la Asociaci贸n todas las personas f铆sicas que, libre y voluntariamente, tengan inter茅s en el desarrollo de los fines de la Asociaci贸n conforme a los siguientes principios:


a) Las personas f铆sicas con capacidad de obrar y que no est茅n sujetas a ninguna condici贸n legal para el ejercicio del derecho.

b) Los menores no emancipados de m谩s de catorce a帽os de edad, debiendo contar con el consentimiento documentalmente acreditado, de las personas que deban suplir su capacidad.


Deber谩n presentar una solicitud por escrito a la Junta Directiva, y 茅ste resolver谩 en la primera reuni贸n que celebre. La condici贸n de asociado es intransmisible.


Art铆culo 21潞.- Clases de socios


Dentro de la Asociaci贸n existir谩n las siguientes clases de socios:


a) Socios Fundadores que ser谩n aquellos que participen en el acto de constituci贸n de la Asociaci贸n.

b) Socios de n煤mero, que ser谩n los que ingresen despu茅s de la constituci贸n de la Asociaci贸n.

c) Socios de Honor, los que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a los fines de la Asociaci贸n, se hagan acreedores a tal distinci贸n.

d) Socios menores de edad: los menores de 18 a帽os que forman parte de una Secci贸n Juvenil.


Art铆culo 22潞.- Causas de baja en la condici贸n de socios


Los socios causar谩n baja por algunas de las causas siguientes:


a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva.

b) Por incumplimiento de sus obligaciones econ贸micas si dejara de satisfacer cuotas peri贸dicas.

c) Por incumplimiento de las normas estatutarias.

d) Por sanci贸n impuesta por la Junta Directiva.

e) Por defunci贸n.

f) Por conducta incorrecta, por desprestigiar a la Asociaci贸n con hechos o palabras que perturben gravemente los actos organizados por la misma y la normal convivencia entre los asociados, habiendo de darse previamente audiencia a los socios afectados.



Art铆culo 23潞.- Derechos de los socios


Los socios de n煤mero y fundadores tendr谩n los siguientes derechos:


a) Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociaci贸n en cumplimiento de sus fines.

b) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociaci贸n pueda obtener.

c) Participar en las Asambleas con voz y voto. El socio de n煤mero, durante los primeros 12 meses despu茅s de hacerse socio, s贸lo podr谩 participar en las Asambleas con voz pero sin voto.

d) Ser electores y elegibles para los cargos directivos. El socio de n煤mero, durante los primeros 12 meses despu茅s de hacerse socio, s贸lo podr谩 participar en la elecci贸n de cargos directivos con voz pero sin voto.

e) Recibir informaci贸n sobre los acuerdos adoptados por los 贸rganos de la Asociaci贸n.

f) Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Asociaci贸n.

g) Los socios de honor, y los menores de edad tendr谩n los mismos derechos salvo el del voto y el indicado en el apartado d).


Art铆culo 24潞.- Deberes de los socios


Los socios fundadores y de n煤mero tendr谩n las siguientes obligaciones:


a) Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos v谩lidos de las Asambleas y la Junta

Directiva.

b) Abonar las cuotas que se fijen.

c) Asistir a las Asambleas y dem谩s actos que se organicen.

d) Desempe帽ar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.

e) Contribuir con su comportamiento al buen nombre y prestigio de la Asociaci贸n.



Los socios de honor tendr谩n las mismas obligaciones que los fundadores y de n煤mero a excepci贸n de las previstas en los apartados b) y d) del p谩rrafo anterior.


Asimismo, tendr谩n los mismos derechos a excepci贸n de los que figuran en los apartados c) y d) del art铆culo 23, pudiendo asistir a las asambleas sin derecho de voto.



CAP脥TULO VI

RECURSOS ECON脫MICOS

Art铆culo 25潞.- Clases de recursos


Los recursos econ贸micos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociaci贸n ser谩n los siguientes:


a) De las subvenciones oficiales o particulares.

b) Las subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal por parte de los asociados o de terceras personas.

c) De las rentas del mismo patrimonio o bien de otros ingresos que puedan obtener.

d) Las cuotas de entrada, las peri贸dicas y las extraordinarias, en caso de que se fijaran.

e) Cualquier otro recurso l铆cito.


Art铆culo 26潞.- Presupuesto


El l铆mite del presupuesto anual ser谩, en su caso, el que se determine por la Asamblea General.


La Asociaci贸n carece de Patrimonio Fundacional.


CAP脥TULO VII

DISOLUCI脫N

Art铆culo 27潞.- Acuerdo de disoluci贸n


El acuerdo de disoluci贸n se adoptar谩 por la Asamblea General, con una mayor铆a de 2/3 de los socios.


Art铆culo 28潞.- Comisi贸n Liquidadora


En caso de disoluci贸n, se nombrar谩 una comisi贸n liquidadora, la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante l铆quido lo destinar谩 para fines ben茅ficos.

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